Competencias
Las competencias del Consejo Social vienen determinadas por la Ley del Sistema Universitario Vasco, la Ley Orgánica de Universidades, los Estatutos de la Universidad del País Vasco y el propio Reglamento del Consejo Social.
Relaciones con la Sociedad
-
Promover las relaciones entre la Universidad y su entorno cultural, profesional, económico y social al servicio de la calidad de la actividad universitaria.
-
Promover la colaboración entre la Universidad y otras entidades públicas o privadas con el fin de completar la formación del alumnado y facilitar su acceso al mercado de trabajo.
-
Aprobar las normas que regulan la permanencia en la Universidad del alumnado.
Económico-financieras
-
Aprobar el presupuesto y las cuentas anuales de la Universidad y de las entidades que de ella puedan depender.
-
Supervisar las actividades de carácter económico de la Universidad y el rendimiento de sus servicios.
-
Promover la colaboración de la sociedad en la financiación de la Universidad y en el patrocinio de las actividades universitarias.
-
Acordar las transferencia de gastos corrientes a gastos de capital y las transferencias de gastos de capital a cualquier otro capítulo.
-
Acordar la asignación de conceptos retributivos específicos a profesores universitarios con carácter individual y en atención a exigencias docentes e investigadoras o a méritos relevantes.
-
Fijar los precios públicos para estudios no conducentes a títulos oficiales.
Creación de centros y enseñanzas
-
Proponer la creación y supresión de Facultades, Escuelas Técnicas Superiores, Escuelas Universitarias e Institutos Universitarios.
-
Proponer los convenios de adscripción a la Universidad como Institutos Universitarios, de instituciones o centros de investigación o de creación artística de carácter público o privado.
-
Proponer la implantación, modificación o suspensión de enseñanzas universitarias.

